El gas radón es un riesgo poco conocido pero con un impacto importante sobre la salud de las personas trabajadoras. Invisible, inodoro e insípido, este gas radiactivo de origen natural puede acumularse en el interior de los edificios y, cuando se respira durante períodos prolongados, aumenta el riesgo de desarrollar cáncer de pulmón. De hecho, es considerada la segunda causa de cáncer de pulmón después del tabaquismo.

¿Qué es el radón y por qué es un riesgo laboral?

El radón se genera de forma natural a partir de la desintegración del uranio presente en algunos tipos de suelos y rocas. Puede penetrar en los edificios a través de grietas, juntas, canalizaciones o zonas de contacto con el terreno, especialmente en plantas bajas y sótanos.

La concentración de radón varía en función de la zona geográfica, las características del terreno y las condiciones constructivas de cada edificio. Por eso, dos edificios muy cercanos pueden presentar niveles muy diferentes.

¿Qué dice la normativa?

El principal cambio normativo llega con el Real Decreto 1029/2022, que aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes e incorpora en el ordenamiento español la Directiva Europea 2013/59/Euratom.

Esta norma establece que el nivel de referencia de concentración de radón es de 300 Bq/m³ en los puestos de trabajo. Cuando este valor se supera, la empresa adoptará medidas correctoras y, de no ser posible reducir suficientemente su concentración, aplicar medidas específicas de protección radiológica.

Además, el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha publicado el mapa de municipios clasificados como Zonas de Actuación Prioritaria, cuyas obligaciones de control son especialmente relevantes.

¿Qué empresas están obligadas?

La normativa afecta principalmente:

  • Empresas con centros de trabajo ubicados en municipios incluidos en las Zonas de Actuación Prioritaria del CSN.
  • Centros de trabajo situados en plantas bajas o sótanos.
  • Puestos de trabajo con baja ventilación natural o permanentemente ocupados.
  • Actividades subterráneas, minas, túneles, cavas o instalaciones similares.

En estos casos, la empresa evaluará la exposición mediante mediciones realizadas con detectores homologados, durante un período suficiente para obtener resultados representativos.

¿Qué ocurre si se supera el límite?

Cuando las medidas indican concentraciones superiores a 300 Bq/m³, el primer paso es implantar actuaciones para reducir el nivel de radón, tales como:

  • Mejorar la ventilación de espacios.
  • Sellar grietas y puntos de entrada del gas.
  • Instalar sistemas de despresurización del terreno u otras soluciones técnicas.

Después de las actuaciones, es necesario repetir las mediciones para verificar su eficacia.

Si, a pesar de estas medidas, no es posible reducir la concentración por debajo del nivel de referencia, pueden ser necesarias actuaciones adicionales en materia de protección radiológica y control de la exposición de los trabajadores.

¿Cómo podemos ayudarle?

Desde nuestro Servicio de Prevención Ajeno asesoramos a las empresas en la identificación de las obligaciones derivadas de la normativa sobre radón, revisamos si los centros de trabajo están ubicados en municipios afectados y orientamos sobre la necesidad de realizar mediciones, interpretar sus resultados y definir las medidas preventivas más adecuadas.

Prevenir un riesgo invisible es también proteger la salud de las personas trabajadoras.

Anticiparse al cumplimiento de la normativa no sólo evita posibles responsabilidades, sino que contribuye a crear entornos de trabajo más seguros y saludables.