Empleados/as del Hogar | RD 893/2024

Prevención de Riesgos Laborales para trabajadores del hogar

Te ayudamos a cumplir la normativa de Prevención de Riesgos Laborales para empleados del hogar con un servicio claro, legal y adaptado a tu domicilio.

¿A quién aplica esta normativa?

La Prevención de Riesgos Laborales en el empleo del hogar ya no es opcional. La normativa actual obliga a las personas empleadoras a garantizar la seguridad y salud de quienes trabajan en su domicilio, igual que en cualquier otro entorno laboral.

Obligaciones legales del empleador del hogar

Si tienes contratada a una persona empleada del hogar, la ley exige:

1

Evaluar los riesgos del domicilio

Analizar estancias, zonas de trabajo, herramientas y posibles riesgos propios de las tareas domésticas.

2

Implantar medidas preventivas

Ej.: ergonomía, manipulación de cargas, caídas, productos de limpieza, organización del espacio, electrodomésticos.

3

Informar y formar a la persona trabajadora

Proporcionar orientación básica en seguridad, riesgos específicos y uso adecuado de productos y equipos.

4

Ofrecer la vigilancia de la salud (voluntaria)

Posibilidad de reconocimiento médico preventivo.

5

Mantener toda la documentación obligatoria actualizada

Necesaria en caso de inspección o accidente.

¿Qué ocurre si no se cumple la normativa?

Servicio especializado de PRL para Empleados del Hogar

Gefa Preven, como Servicio de Prevención Ajeno acreditado, te ofrece un servicio integral y adaptado al hogar familiar: